La jornada partida es la que tiene una interrupción (normalmente para comer) de al menos una hora. La jornada continuada se realiza de forma ininterrumpida.
Lo fija el convenio colectivo o el contrato de trabajo. El empresario no puede cambiarla unilateralmente sin acuerdo.
Si la jornada continuada supera las 6 horas, el trabajador tiene derecho a una pausa de mínimo 15 minutos (art. 34.4 ET). El convenio puede ampliarla. En muchos convenios de siderometal, la pausa de 15 minutos computa como trabajo.
La jornada partida requiere 4 fichajes al día: entrada mañana, salida mañana, entrada tarde, salida tarde. Con el kiosco con PIN es automático. Con papel o Excel, se pierde alguno casi siempre.
Información general. Consulta con tu asesoría.