El comercio de alimentación —supermercados, carnicerías, fruterrías, panaderías, tiendas de ultramarinos— tiene convenio provincial propio en tres de las cuatro provincias gallegas. Y las cifras no son las mismas que las del comercio general.
| Provincia | Jornada anual | Artículo | Estado | Ficha |
|---|---|---|---|---|
| A Coruña | 1.792 h | Art. 13 | Prórroga | Ver |
| Lugo | 1.799 h | Art. 9º | Prórroga | Ver |
| Ourense | 1.806 h | Art. 4 | Vigente | Ver |
| Pontevedra | Según Estatuto | — | Vigente | Ver |
Pontevedra no mejora el Estatuto en la jornada anual, pero las otras tres sí. En A Coruña, la diferencia con el Estatuto es de 34 horas al año. Si mides contra el Estatuto, te pasas.
El convenio de alimentación es distinto del de comercio vario. Una carnicería en A Coruña va por el convenio de alimentación (1.792 h), no por el de comercio vario (1.790 h). La diferencia es pequeña en A Coruña, pero en otras provincias puede ser mayor. Si la asesoría asigna el convenio equivocado, los límites que vigila la herramienta están mal.
Las panaderías de Ourense tienen su propio convenio, separado del de alimentación. Si tienes un obrador con tienda, comprueba cuál te aplica. Puedes ver la diferencia en nuestro artículo sobre todos los convenios de Ourense.
Asignas el convenio de alimentación de tu provincia y la herramienta mide contra él. Los fichajes van con PIN, las horas extra se cuentan bien y el día 1 del mes tu asesoría descarga todo de golpe.
Consulta tu convenio: enregla.org/convenios.
Un supermercado de barrio puede abrir de 9:00 a 21:00. Con jornadas de 8 horas y personal a tiempo parcial, esto se traduce en dos o tres turnos por día y múltiples empleados entrando y saliendo. El papel no aguanta este ritmo: un fichaje perdido al día son 20 fichajes perdidos al mes.
La alimentación es el sector con más contratos parciales de Galicia. Cajeras de tarde, reponedores de noche, auxiliares de fin de semana. Para cada uno de ellos, el art. 12.4.c del ET exige un resumen mensual de horas ordinarias y complementarias, que además hay que entregar al trabajador a final de mes.
Si no lo tienes, la sanción puede ser aún peor que no tener el registro: el inspector puede presumir que esos contratos parciales son a jornada completa.
En los contratos parciales hay horas ordinarias (las pactadas en el contrato) y horas complementarias (las adicionales que se pueden pactar). El límite de las complementarias es el 30% de las horas ordinarias pactadas (o el 60% si así lo recoge el convenio). Este límite se lleva separado del de las 80 horas extra anuales.
La alimentación abre más festivos que otros sectores. El convenio fija qué días tienen recargo y cuáles dan derecho a descanso compensatorio. Enregla detecta automáticamente cuando alguien ficha en un festivo local de su concello, incluyendo los 313 concellos de Galicia.
Información general. Para tu caso concreto, consulta con tu asesoría laboral.