SMI 2026: todo lo que necesitas saber como empleador en Galicia

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es una de las referencias normativas más importantes para cualquier empresa con trabajadores en España. Afecta directamente a las nóminas, a la validez de los convenios colectivos y al registro retributivo que muchas empresas ya están obligadas a mantener. En este artículo explicamos el SMI 2026, su evolución reciente y qué debe revisar concretamente el empresario gallego.

¿Qué es el SMI y quién lo fija?

El Salario Mínimo Interprofesional es la retribución mínima que cualquier trabajador por cuenta ajena tiene derecho a percibir en España, independientemente del tipo de contrato, sector o provincia. Lo fija el Gobierno mediante Real Decreto, habitualmente consultando al Consejo Económico y Social y a los agentes sociales (sindicatos y patronal). Se expresa en euros por día y en euros por mes en 14 pagas.

SMI 2026: importe actualizado

El SMI para 2026 se sitúa en 1.184€/mes en 14 pagas (equivalente a 16.576€ anuales o 39,47€/día). Este dato está sujeto a confirmación mediante el Real Decreto correspondiente, ya que el Gobierno puede realizar ajustes durante el año.

Evolución del SMI en España (2020-2026)

Año SMI mensual (14 pagas) SMI anual Incremento
2020 950€ 13.300€ +5,5%
2021 950€ 13.300€ Sin cambios
2022 1.000€ 14.000€ +5,3%
2023 1.080€ 15.120€ +8%
2024 1.134€ 15.876€ +5%
2025 1.160€ 16.240€ +2,3%
2026 1.184€ 16.576€ +2,1%

Datos basados en Real Decretos publicados. El SMI 2026 está pendiente de confirmación oficial definitiva.

¿El SMI sustituye al convenio colectivo?

No. El SMI es el suelo mínimo absoluto pero no reemplaza al convenio colectivo. La relación es la siguiente:

En Galicia, con 24 convenios colectivos sectoriales y provinciales activos, verificar que ninguna categoría retributiva queda por debajo del SMI es una obligación del empresario que se complica con cada subida anual.

Impacto por sectores en Galicia

Sector Riesgo de impacto SMI 2026 Motivo
Hostelería y restauración Alto Tablas salariales históricamente bajas en categorías base
Comercio minorista Medio Auxiliares de venta en algunos convenios provinciales
Limpieza y servicios auxiliares Alto Convenio estatal con salarios base ajustados al SMI
Construcción Bajo Convenio sectorial con tablas por encima del SMI
Cuidado de personas / SAD Alto Sector feminizado con tablas históricamente bajas
Oficinas y administración Bajo Categorías base generalmente sobre el SMI

SMI y registro retributivo: la conexión obligada

El registro retributivo (obligatorio desde el RD 902/2020) exige que todas las empresas, independientemente de su tamaño, mantengan un registro de los valores medios de los salarios desagregado por sexo, categoría profesional y tipo de puesto. La relación con el SMI es directa: si tienes categorías por debajo del SMI, el registro retributivo lo evidenciará y puede desencadenar una auditoría retributiva.

Qué debe revisar el empresario gallego en 2026

  1. Comparar cada categoría del convenio con el SMI 2026: si hay categorías por debajo de 1.184€/mes, hay que actualizar. No es opcional.
  2. Revisar los contratos a tiempo parcial: el SMI se prorratea en función de la jornada. Un contrato de 20 horas semanales tiene SMI de ~592€/mes. Verifica que las tablas del convenio están correctamente prorrateadas.
  3. Actualizar el registro retributivo con los nuevos valores una vez aplicada la subida.
  4. Comunicar a los trabajadores cualquier cambio en su salario derivado de la aplicación del SMI.
  5. Revisar los contratos de empleados del hogar: el SMI se aplica también a este colectivo, que desde 2023 está integrado en el régimen general de la Seguridad Social.

El control horario correcto es indisociable de la gestión retributiva: no puedes calcular correctamente las horas extra ni los complementos si el registro de jornada es deficiente. Consulta nuestra guía del registro de jornada obligatorio para entender la conexión completa.


Aviso legal: Los importes del SMI 2026 están sujetos a confirmación mediante Real Decreto. Este artículo tiene carácter informativo. Para aplicación concreta a tu empresa, consulta con tu gestoría o asesor laboral.