El modelo híbrido —parte de la semana en oficina, parte en casa— es ya la norma en muchas empresas españolas. Pero la combinación de ubicaciones complica el registro de jornada: ¿cómo ficho cuando estoy en casa? ¿Y cuando voy a la oficina? ¿El convenio se aplica igual en ambos casos? La respuesta a todas estas preguntas es la misma: la obligación no cambia con la ubicación.
La Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia establece el marco legal para el teletrabajo en España. Sus puntos clave para el registro de jornada son:
El acuerdo de teletrabajo no sustituye al registro de jornada: ambos son obligatorios e independientes. El acuerdo establece las condiciones (horario, disponibilidad, medios), y el registro de jornada documenta lo que realmente ocurre cada día.
Es habitual que las empresas definan en el acuerdo el sistema de fichaje: qué herramienta se usa, cómo ficha el trabajador desde casa y qué pasa si hay incidencias (fallo de internet, enfermedad, etc.).
| Ubicación ese día | Método de fichaje recomendado | Qué registra |
|---|---|---|
| Oficina | Kiosco con PIN en tablet de la entrada | Entrada, salida, interrupciones |
| Teletrabajo desde casa | Fichaje web o móvil con PIN | Entrada, salida, interrupciones |
| Desplazamiento (cliente, obra) | Fichaje móvil antes de salir / al llegar | Hora de inicio y fin del día |
| Coworking externo | Fichaje web o tablet portátil | Entrada, salida |
Lo importante es que el sistema sea el mismo independientemente de la ubicación: un único registro unificado que combine todos los días, sean de oficina o de teletrabajo. Los registros fragmentados (un cuaderno en la oficina, un Excel en casa) son un problema tanto para la empresa como para el trabajador.
Para ampliar sobre las implicaciones del teletrabajo, puedes leer teletrabajo y registro de jornada.
Algunos convenios provinciales gallegos contienen artículos específicos sobre teletrabajo, incorporados en las últimas revisiones. Aunque la mayoría no regulan el fichaje en detalle, sí pueden establecer condiciones sobre el horario de disponibilidad o los complementos por trabajo a distancia.
En cualquier caso, las horas registradas —independientemente de la ubicación— se computan contra los límites del convenio. Si tu convenio fija 1.800 horas anuales y el empleado híbrido acumula 1.900 horas entre oficina y casa, hay un exceso que hay que gestionar.
Consulta tu convenio en enregla.org/convenios.
Información general. Para tu caso concreto, consulta con tu asesoría laboral.