Convenio de Comercio de elementos del metal de Ourense
Vigencia 2026-2029.
- Jornada anual (2027–2029)
- 1792 horas — art. 7 del convenio
- Jornada semanal
- 40 horas
- Tope al día
- 9 horas (mínimo del Estatuto de los Trabajadores; este convenio no lo mejora)
- Descanso entre jornadas
- 12 horas (mínimo del Estatuto de los Trabajadores; este convenio no lo mejora)
- Descanso semanal
- 36 horas (mínimo del Estatuto de los Trabajadores; este convenio no lo mejora)
- Tope de horas extra al año
- 80 horas (mínimo del Estatuto de los Trabajadores; este convenio no lo mejora)
- Vacaciones
- 30 días naturales
Publicado en BOP Ourense nº 123, 02/07/2026 · corrección de errores en el nº 128, 09/07/2026. Texto consultado en www.iberley.es.
Resumen orientativo: ante la duda manda el texto oficial del boletín.